Revista Científica Multidisciplinaria ArbitradaYACHASUN. Volumen 9, Número 16(Ed. ene– jun. 2025) ISSN:2697-3456
Estudio comparativo de normativajurídico-ambiental:CasoRepública del Ecuadorversus Repúblicade Chile.
inmisiones de aire son reguladas en
Ecuador a través de Norma
que esta brecha de más de dos
décadas, entre la ley ecuatoriana
versus la chilena, refleja para la
primera una mejor estructura de la
exposición de sus contenidos,
subrayando un aspecto visual
simplificado. En el objeto de ley de
ambos países se enfoca al derecho
de las personas de vivir en un
Ecuatoriana de Calidad del Aire, por
su parte Chile ocupa varios Decretos
específicos para cada emisión
(
Decretos n° 12/2010, 12/2022,
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04/2018, 114/2002, 115/2002,
36/2000 y 112/2002); en el aspecto
1
suelos, Ecuador posee la Ley
Orgánica de Ordenamiento,
ambiente
sano
y
libre
de
Territorio, Uso y Gestión de Suelos
mientras que Chile se rige al
Reglamento de Suelos, Aguas y
Humedales (Decreto Supremo 82).
contaminación, sin embargo, el
CODA, remarca a la naturaleza
como sujeto de derechos, situación
que no establece la ley 19300. Por
otra parte, el tema ambiental debe
Los parámetros considerados en el
análisis comparativo fueron: objetos
de ley, principios, vigencia, gestión e
instrumentos, con los que se
formularon matrices que contienen la
descripción y el ámbito de aplicación
estar
sujeto
a
fuentes
de
financiamientos, parámetro que
ambas legislaciones contemplan,
teniendo como principal fuente de
ingresos las asignaciones estatales,
ingresos por servicios, no obstante,
el CODA presenta una descripción
pormenorizada, mientras que, la Ley
en los artículos, apartados
o
numerales en concordancia con la
estructura de cada normativa. Estos
parámetros se sujetaron al criterio de
expertos, quienes recomendaron el
mecanismo de evaluación de cada
ley, resaltando que características
tienen mayor importancia y se
constituyeron como el eje de análisis
principal.
19300 invoca
a
la Ley de
Presupuestos de la Nación como
norma de referencia que detalla
aquella descripción. Con respecto a
la naturaleza como sujeto de
derecho, el Ecuador hace hincapié
en el respeto integral de su
existencia, así como en su
restauración; en contraste, Chile
reconoce la preservación de la
naturaleza y la conservación del
En primera instancia, la tabla 3,
describe la diferencia temporal de
ambos documentos, siendo evidente
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