Arcentales-Menéndez et al. (2024)
En Ecuador, el Ministerio de
Economía y Finanzas (2016), definió
como erogaciones capitalizables
1
. Introducción
A nivel mundial el Comité de Normas
Internacionales de Contabilidad,
aquellas adiciones, mejoras
y
(
1998) expresa que las erogaciones
reparaciones extraordinarias
capitalizables en una entidad, tienen
una conexión directa con un activo
de propiedad, planta y equipo,
puesto que este concepto va más
allá del mantenimiento rutinario y
normal, lo que implica el reemplazo
o adición de partes importantes del
activo, de manera tal, que sus
destinadas a aumentar la vida útil
estimada, la capacidad productiva o
el valor de los bienes de larga
duración, de conformidad con los
criterios
técnicos,
como
deberán
registrarse
erogaciones
capitalizables que aumentan el valor
contable del bien.
funcionalidades
han
sido
Posteriormente el Ministerio de
readaptadas o mejoradas, por lo que
dichas erogaciones deben ser
capitalizadas como parte del valor en
libros del activo en cuestión.
Economía
redefinió los criterios para las
erogaciones capitalizables,
y
Finanzas (2021)
establece que “las adquisiciones,
Es así que Figueroa, (2013) expresa
que:
mejoras, adiciones y reparaciones
extraordinarias realizadas
a
un
Uno de los aspectos que mayor
atención recibe por parte de los
expertos en materia contable, es
la definición de los criterios que
una entidad debe seguir para
determinar cuándo sí y cuándo no
está en posibilidad de capitalizar o
añadir al costo de un activo de
propiedad, planta y equipo, las
erogaciones, que de manera
subsecuente a su reconocimiento
inicial dicha entidad hace en
relación directa con ese activo. (p.
elemento de Propiedad, Planta y
Equipo que: a) aumentan su valor
contable, b) incrementan su vida útil;
o
c) amplían su capacidad
productiva, constituyen erogaciones
capitalizables” (p. 182).
Además de considerar
a
las
erogaciones capitales como aquellas
que modifican las condiciones del
activo, bien sea al aumentar la vida
útil prevista, lo que incrementa su
capacidad, velocidad o rendimiento.
El tratamiento contable de dichos
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5).
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